Aprueban dictamen de reformas al Código Fiscal

Aprueban dictamen de reformas al Código Fiscal

La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados eliminó la responsabilidad penal a abogados y contadores

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La Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular con 38 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el dictamen que reforma el Código Fiscal de la Federación, con lo que se crea el buzón tributario; se amplía el uso de medios electrónicos para las operaciones que realizan los contribuyentes, y se establecen medidas contra defraudadores.

Asimismo, identificó los siguientes puntos que podrían vulnerar la seguridad jurídica por implicar facultades discrecionales para las autoridades: Obligación solidaria de socios y accionistas, responsabilidad penal de administradores, personas morales, abogados y agentes aduanales.

Los diputados estimaron procedente la puesta en marcha del buzón tributario, el cual permitirá una comunicación inmediata entre los contribuyentes y las autoridades fiscales, sin costo alguno y de fácil acceso.

Se aprobó la aplicación de medidas contra contribuyentes defraudadores, las cuales incluyen los supuestos en que se dejarán sin efectos los certificados de sellos o firmas digitales.

Respecto al secreto fiscal, se aprobó la posibilidad de que la autoridad pueda publicar en su página de Internet el nombre, denominación o razón social y la Clave del RFC de aquellos con quienes es riesgoso celebrar actos mercantiles o de comercio, porque no cumplen con sus obligaciones fiscales.

También se avaló la idea de establecer un procedimiento dirigido a sancionar y neutralizar el trafico de comprobantes fiscales, con lo que se ataca la problemática de fraudes tributarios.

Por lo que respecta a la cláusula anti elusión, la Comisión de Hacienda consideró que “no es pertinente la modificación, pues la autoridad cuenta con los elementos jurídicos para analizar no sólo la forma, sino el fondo de los actos y operaciones a las que los contribuyentes atribuyen efectos fiscales, así como para resolver en consecuencia”.

Fuente: Boletín 2285 de la Cámara de Diputados

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