¿Quiénes pueden tributar en el Régimen de Incorporación?

Regimen-de-Integracion

Pueden ingresar a este régimen las personas físicas con ingresos por actividades empresariales, hasta por 2 millones de pesos, que consistan en:

    • Enajenación de bienes
    • Prestación de servicios no profesionales
    • Renta de bienes muebles

Asimismo, pueden obtenerse ingresos por los siguientes conceptos, siempre que en su conjunto no rebasen 2 millones de pesos:

    • Actividad empresarial
    • Sueldos y salarios
    • Asimilados a salarios
    • Intereses

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