Sin embargo, hay casos donde estamos obligados a presentarla nosotros mismos:
Cuando haya dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre o cuando haya prestado servicios a dos o más patrones durante el año.
b) Cuando haya obtenido ingresos anuales por salarios y/o conceptos asimilados a salarios que excedan 400,000 pesos anuales (Aproximadamente 30,000 mensuales).
c) Cuando haya comunicado por escrito al patrón que presentará Declaración Anual por su cuenta.
Cuando un trabajador cumple con alguno de los primeros puntos, está obligado a presentar la declaración por su cuenta.
Beneficios de presentar la Declaración Anual
Al presentar la declaración tenemos la oportunidad de deducir algunos gastos que hacemos cada año y que el el SAT nos los tome a cuenta de impuestos, y por eso nos devuelva una parte de lo gastado durante el año. En algunos casos puedes llegar a recuperar hasta el 30% de los gastos presentados como deducibles.
Qué puedo Deducir como Asalariado.
- Pago de Honorarios médicos.
- Alquiler o compra de aparatos para rehabilitación y prótesis.
- Análisis y estudios clínicos y de laboratorio.
- Compra de lentes.
- Gastos Funerarios.
- Donativos .
- Aportaciones Voluntarias .
- Primas pagadas por Seguros de Gastos Médicos .
- Transporte Escolar Obligatorio.
- Colegiatura.
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